martes, 26 de julio de 2011

Donde domina la masonería, la democracia es mason-cracia.

Guad_a

JMJ

Pax

 

El mundo te necesita: por cada email nuestro, favor de rezar un minutito, un Padre nuestro o un Ave María DE CORAZÓN por el triunfo del Inmaculado Corazón de María. ¡Dios no se deja ganar en generosidad!

Dice María: "El Santo Rosario es el arma a la cual le teme el enemigo, es también el refugio de los que buscan alivio a sus pesares y es la puerta para entrar en mi corazón" (San Nicolás, 10.04.86)

La oración te llena de bendiciones y riega la fe ¡no dejes que se marchite! Reza al menos 3 minutos por día (sin horario) en la cadena de oración más grande del mundo, el Rosario Viviente.  Escribe a RosarioViviente+subscribe@yahoogroups.com

Ayuda a salvar almas. Favor de divulgar a su libreta de emails, e-grupos, blog, facebook, web o colocar en tu firma: Suscríbete al Evangelio del día y noticias católicas censuradas por los medios, escribiendo a: evangelio+subscribe@googlegroups.com

-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

Donde domina la masonería, la democracia es una ilusión. En Francia el aborto se aprobó por la masonería en contra de los deseos del pueblo:

"¡Los diputados y senadores masones de derechas y de izquierdas votaron como un solo hombre!"

 

Leer "Yo fui masón" (confesiones de un masón asesino arrepentido)

http://es.catholic.net/sectasapologeticayconversos/592/1514/articulo.php?id=39379

 

Recordar que por más poderosa que sea la masonería, no puede vencer a Dios… el ayuno, la oración y la caridad TODO lo vencen.

 

Favor de no votar a todo político que haya pisado un templo masón.

 

TODO masón no debe comulgar: sería sacrilegio ya que por ser masón, está objetivamente en pecado mortal.

¿Por qué un católico no puede ser masón?

http://www.aciprensa.com/controversias/catolicomason.htm

A lo largo de su historia la Iglesia católica ha condenado y desaconsejado a sus fieles la pertenencia a asociaciones que se declaraban ateas y contra la religión, o que podían poner en peligro la fe. Entre estas asociaciones se encuentra la masonería.

Actualmente, la legislación se rige por el Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983, que, en su canon 1374, señala:

"Quien se inscribe en una asociación que maquina contra la Iglesia debe ser castigado con una pena justa; quien promueve o dirige esa asociación ha de ser castigado con entredicho".

Esta nueva redacción, sin embargo, supuso dos novedades respecto al Código de 1917: la pena no es automática y no se menciona expresamente a la masonería como asociación que conspire contra la Iglesia.

Previendo posibles confusiones, un día antes de que entrara en vigor la nueva ley eclesiástica del año 1983, fue publicada una declaración firmada por el Cardenal Joseph Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe. En ella se señala que el criterio de la Iglesia no ha variado en absoluto con respecto a las anteriores declaraciones, y la nominación expresa de la masonería se había omitido por incluirla junto a otras asociaciones. Se indica, además, que los principios de la masonería siguen siendo incompatibles con la doctrina de la Iglesia, y que los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas no pueden acceder a la Sagrada Comunión.

En este sentido, la Iglesia ha condenado siempre la masonería. En el siglo XVIII los Papas lo hicieron con mucha más fuerza, y en el XIX persistieron en ello. En el Código de Derecho Canónico de 1917 se excomulgaba a los católicos que dieran su nombre a la masonería, y en el de 1983 el canon de la excomunión desaparece, junto con la mención explícita de la masonería, lo que ha podido crear en algunos la falsa opinión de que la Iglesia poco menos que aprueba a la masonería.

Es difícil hallar un tema -explica Federico R. Aznar Gil, en su ensayo La pertenencia de los católicos a las agrupaciones masónicas según la legislación canónica actual (1995)- sobre el que las autoridades de la Iglesia católica se hayan pronunciado tan reiteradamente como en el de la masonería: desde 1738 a 1980 se conservan no menos de 371 documentos sobre la masonería, a los que hay que añadir las abundantes intervenciones de los dicasterios de la Curia Romana y, a partir sobre todo del Concilio Vaticano II, las no menos numerosas declaraciones de las Conferencias Episcopales y de los obispos de todo el mundo. Todo ello está indicando que nos encontramos ante una cuestión vivamente debatida, fuertemente sentida y cuya discusión no se puede considerar cerrada.

Casi desde su aparición, la masonería generó preocupaciones en la Iglesia. Clemente XII, en "In eminenti", había condenado a la masonería. Más tarde, León XIII, en su encíclica "Humanum genus", de 20 de abril de 1884, la calificaba de organización secreta, enemigo astuto y calculador, negadora de los principios fundamentales de la doctrina de la Iglesia.
En el canon 2335 del Código de Derecho Canónico de 1917 establecía que "los que dan su nombre a la secta masónica, o a otras asociaciones del mismo género, que maquinan contra la Iglesia o contra las potestades civiles legítimas, incurren ipso facto en excomunión simplemente reservada a la Sede Apostólica".

El delito -según Federico R. Aznar Gil- consistía en primer lugar en dar el nombre o inscribirse en determinadas asociaciones (...) En segundo lugar, la inscripción se debía realizar en alguna asociación que maquinase contra la Iglesia: se entendía que maquinaba "aquella sociedad que, por su propio fin, ejerce una actividad rebelde y subversiva o las favorece, ya por la propia acción de los miembros, ya por la propagación de la doctrina subversiva; que, de forma oral o por escrito, actúa para destruir la Iglesia, esto es, su doctrina, autoridades en cuanto tales, derechos, o la legítima potestad civil" (...) En tercer lugar, las sociedades penalizadas eran la masonería y otras del mismo género, con lo cual el Código de Derecho Canónico establecía una clara distinción: mientras que el ingreso en la masonería era castigado automáticamente con la pena de excomunión, la pertenencia a otras asociaciones tenía que ser explícitamente declarada como delictiva por la autoridad eclesiástica en cada caso.

Los motivos que argumentaba la Iglesia católica para su condena a la masonería eran fundamentalmente: el carácter secreto de la organización, el juramento que garantizaba ese carácter oculto de sus actividades y los complots perturbadores que la masonería llevaba a cabo en contra de la Iglesia y los legítimos poderes civiles. La pena establecía directamente la excomunión, estableciéndose además una pena especial para los clérigos y los religiosos en el canon 2336.

También se recordaban las condiciones establecidas para proceder a la absolución de esta excomunión, que consistían en el alejamiento y la separación de la masonería, reparación del escándalo del mejor modo posible, y cumplimiento de la penitencia impuesta.
Las consecuencias de la excomunión incluían, por ejemplo, la privación de la sepultura eclesiástica y de cualquier misa exequial, de ser padrinos de bautismo, de confirmación, de no ser admitidos en el noviciado, y el consejo -en este caso a las mujeres- de no contraer matrimonio con masones, así como la prohibición al párroco de asistir a las nupcias sin consultar con el Ordinario.

A partir de la celebración del Concilio Vaticano II, un incipiente diálogo entre masones y católicos hizo que la situación comenzara a cambiar. Algunos Episcopados (de Francia, Países Escandinavos, Inglaterra, Brasil o Estados Unidos) empezaron a revisar la actitud ante la masonería; por un lado, revisando desde la historia los motivos que llevaron a adoptar a la Iglesia su actitud condenatoria, tales como su moral racionalista masónica, el sincretismo, las medidas anticlericales promovidas y defendidas por masones; y, por otro lado, se cuestionó que pudiera entenderse a la masonería como un solo bloque, sin tener en cuenta la escisión entre masonería regular, ortodoxa y tradicional, religiosa y apolítica aparentemente, y la segunda, la irregular, irreligiosa, política, heterodoxa.

Estos motivos y las más o menos constantes peticiones llegadas de varias partes del mundo a Roma, diálogos y debates, hicieron que, entre 1974 y 1983, la Congregación para la Doctrina de la Fe retomase los estudios sobre la masonería y publicase tres documentos que supusieron una nueva interpretación del canon 2335. En este ambiente de cambios, no extraña que el cardenal J. Krol, arzobispo de Filadelfia, preguntase a la Congregación para la Doctrina de la Santa Fe si la excomunión para los católicos que se afiliaban a la masonería seguía estando en vigor. La respuesta a su pregunta la dio la Congregación a través de su Prefecto, en una carta de 19 de julio de 1974. En ella se explica que, durante un amplio examen de la situación, se había hallado una gran divergencia en las opiniones, según los países. La Sede Apostólica no creía oportuno, consecuentemente, elaborar una modificación de la legislación vigente hasta que se promulgara el nuevo Código de Derecho Canónico. Se advertía, sin embargo, en la carta, que existían casos particulares, pero que continuaba la misma pena para aquellos católicos que diesen su nombre a asociaciones que realmente maquinasen contra la Iglesia. Mientras que para los clérigos, religiosos y miembros de institutos seculares la prohibición seguía siendo expresa para su afiliación a cualquiera de las asociaciones masónicas. La novedad en esta carta residía en la admisión, por parte de la Iglesia católica, de que podían existir asociaciones masónicas que no conspiraban en ningún sentido contra la Iglesia católica ni contra la fe de sus miembros.
Las dudas no tardaron en plantearse: ¿cuál era el criterio para verificar si una asociación masónica conspiraba o no contra la Iglesia?; y ¿qué sentido y extensión debía darse a la expresión conspirar contra la Iglesia?

El clima generalizado de acercamiento entre las tesis de algunos católicos y masones fue roto por la declaración del 28 de abril de 1980 de la Conferencia Episcopal Alemana sobre la pertenencia de los católicos a la masonería. Como recoge Federico R. Aznar Gil, la declaración explicaba que, durante los años 1974 y 1980, se habían mantenido numerosos coloquios oficiales entre católicos y masones; que por parte católica se habían examinado los rituales masónicos de los tres primeros grados; y que los obispos católicos habían llegado a la conclusión de que había oposiciones fundamentales e insuperables entre ambas partes:

"La masonería -decían los obispos alemanes- no ha cambiado en su esencia. La pertenencia a la misma cuestiona los fundamentos de la existencia cristiana" (.) Las principales razones alegadas para ello fueron las siguientes: la cosmología o visión del mundo de los masones no es unitaria, sino relativa, subjetiva, y no se puede armonizar con la fe cristiana; el concepto de verdad es, asimismo, relativista, negando la posibilidad de un conocimiento objetivo de la verdad, lo que no es compatible con el concepto católico; también el concepto de religión es relativista (.) y no coincide con la convicción fundamental del cristianismo, el concepto de Dios, simbolizado a través del "Gran Arquitecto del Universo" es de tipo deístico y no hay ningún conocimiento objetivo de Dios en el sentido del concepto personal del Dios del teísmo, y está transido de relativismo, lo cual mina los fundamentos de la concepción de Dios de los católicos (.)

El 17 de febrero de 1981, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicaba una declaración en la que afirma de nuevo la excomunión para los católicos que den su nombre a la secta masónica y a otras asociaciones del mismo género, con lo cual, la actitud de la Iglesia permanece invariable, e invariable permanece aún en nuestros días.

Profundice sobre este tema en el artículo de la Enciclopedia Católica:
http://www.enciclopediacatolica.com/f/francmasoneria.htm

Enciclopedia Católica:

Sacrilegio real: El sacrilegio real es la injuria hacia cualquier objeto sagrado que no sea un lugar ni una persona. Este tipo de sacrilegio puede cometerse, en primer lugar, administrando o recibiendo los sacramentos (o, en el caso de la Eucaristía, celebrando) en estado de pecado mortal, y también cuando se hace el escarnio consciente y notorio hacia la Sagrada Eucaristía se considera el peor de los sacrilegios. Asimismo se considera sacrilegio real la vejación de imágenes sagradas o reliquias, el uso de las Sagradas Escrituras y objetos litúrgicos para fines no sacramentales, y también la apropiación indebida o el desvío para otros fines de bienes y propiedades (muebles o inmuebles) destinados a servir a la manutención del clero o al ornamento de la iglesia. A veces se puede incurrir en sacrilegio al omitir algún elemento necesario para la adecuada administración de los sacramentos o la celebración de la Eucaristía, como, por ejemplo, diciendo la Misa sin las vestiduras sagradas.

Documentos en que la iglesia condena a la masonería

¡ Ave María puríssima !

 

Gracias por tu apoyo. Recemos unos por otros.

 

Unidos en el Corazón de la Sagrada Familia,

 

El equipo de voluntarios de IESVS.org

 

¿Falta fe a tu alrededor? Difunde estos videos que muestran la existencia de Dios, el alma, Jesús, etc.:

 

http://www.youtube.com/swf/l.swf?video_id=MBiXbJmGzc4 (se sugiere apagar el audio por ser irreverente)

 

http://www.youtube.com/watch?v=7JxdzUt7OS0

busque en youtube.com "cuerpos incorruptos"

 

http://www.youtube.com/watch?v=X-OKa0DniDs

busque en youtube.com "Ricardo Castañón" (esto no es un aval a Catalina Rivas)

 

http://www.youtube.com/watch?v=mHIpcNDhWIg

http://www.youtube.com/swf/l.swf?video_id=u4PmgfyfyQU

busque en youtube.com "milagros eucarísticos"

 

http://www.youtube.com/swf/l.swf?video_id=W1KhlC9DrqE

exorcismo real!

 

http://www.youtube.com/swf/l.swf?video_id=Ro2OJeYiZn0

busque en youtube.com "Gloria Polo"

 

Escucha el testimonio impresionante de Marino Restrepo, secuestrado por las FARC y liberado por un Niño:

Testimonio en la web                                                    Bajar a MP3 (click derecho, y guarde como...) 

Véalo en: www.marinorestrepo.com o en www.youtube.com Busque: Marino Restrepo

 

Invitación

 

cid:image004.jpg@01CA1900.D67FE200

Míralo y dile:

"Jesús en Ti confío"

"Jesús en Ti confío"

"Jesús en Ti confío"

 

Jesús prometió misericordia a quien rece esto ante esta imagen y prometió obrar milagros por esta imagen, ¡difúndela y llénate de bendiciones!

 

No tengas vergüenza:

Marcos 9, 38          "Porque quien se avergüence de mí y de mis palabras en esta generación adúltera y pecadora, también el Hijo del hombre se avergonzará de él cuando venga en la gloria de su Padre con los santos ángeles." Ver también Mt 10,33; Lc 12,9; 2 Tm 2, 12

 

Coloca esta invitación en todos sus emails.

En el email de tu empleador puedes poner algo así: "A continuación,  sigue la firma personalizada de quien le responde: no tiene relación con la empresa."

 

Quienes lo reciban, te lo agradecerán por toda la eternidad =)

 

Recibe el Evangelio del día y en 3 años habrá leído La Sabiduría que no caduca jamás. Escribe a:

evangelio+subscribe@googlegroups.com

(hacer clic en el mail de confirmación que le envía Google)

 

GRATIS en www.IESVS.org encontrarás:

- Lecturas, meditaciones y santoral del día, noticias católicas censuradas por los medios.

- Libros, como "Demostración científica de la Religión Católica"; escritos de los Santos y el Magisterio.

- Videos y grabaciones asombrosas

 

La oración te llena de bendiciones y riega la fe ¡no dejes que se marchite! Reza al menos 3 minutos por día (sin horario) en la cadena de oración más grande del mundo, el Rosario Viviente.  Escribe a RosarioViviente-subscribe@yahoogroups.com

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Mensajes anteriores en: www.iesvs.org

 

Biblioteca Gratis: http://groups.google.com/group/evangelio/files

 

¿Email con poca capacidad? Reciba gratis de 6 Gb. con la opción de absorber los mensajes de todas sus demás casillas, y de consultar por outlook o web, escriba a: email arroba iesvs.org

 

Si no desea el evangelio, santoral y meditación diaria y sólo artículos interesantes censurados por la prensa (la mayoría), unos 4 por semana escriba a: ave-maria-purisima+subscribe@googlegroups.com  (hacer clic en el link del mensaje de retorno)

 

Para desuscribirse escribir desde su casilla de email a:

Evangelio+unsubscribe@googlegroups.com

 

NO debe colocarlo en CC sino en "Para/To"

Si no se desuscribe es porque recibe el mensaje en su otro email que le reenvía al actual: debe escribir desde ese otro email.

 

Todos los emails que lleguen a IESVS serán automáticamente incorporados para recibir el Evangelio. Si Ud. no desea esto, favor de aclarar en cada envío.