viernes, 28 de diciembre de 2012

No cesa el abuso litúrgico de los «ministros extraordinarios»

JMJ

Pax

 

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 Todo laico debe ocuparse de los abusos litúrgicos (los más graves son los vinculados a descuidos con la Eucaristía, como por ejemplo permitir que caigan partículas al no usarse bandeja/patena en su distribución). Por eso todos debieran leer Redemptionis Sacramentum. Se debe hablar con los documentos de la Santa Sede en mano con el Párroco, y si no cede, con el Obispo, y si no se soluciona se debe denunciar a la Santa Sede a través de la nunciatura apostólica (es una especie de embajada de la Santa Sede en cada país)

 

Fuente: http://www.es.catholic.net/foros/viewtopic.php?f=95&t=6408

 

La designación de los ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión no se trata de hacer participar más activamente a los laicos, es sólo por causas de necesidad por falta de ministros ordenados. Si en los cursos preparatorios enseñan lo contrario, que se trata de hacer una participación más activa de los laicos desde el Concilio Vaticano II, enseñan un error e ignoran los documentos de la Santa Sede. 

El decreto Apostolicam Actuositatem del C.V. II habla de hacer participar más activamente a los laicos, pero no es eso el fundamento de los Ministros Extraordinarios. Eso no es una participación activa, es solamente un ministerio que se puede llegar a necesitar por urgencia ante la escasez de ministros ordenados. ¿De dónde procede ese error? De una concepción extrinsecista de la participación activa. La participación activa en la Eucaristía no consiste en ser lector, acólito, ministro extraordinario, etc, sino en vivir de corazón la celebración y participar realmente en ella. Está muy justificada la reacción de los fieles que se sorprenden ante el abuso de los sacerdotes que usan de los ministros extraordinarios en cualquier Eucaristía cuando no hay verdadera necesidad, sino sólo para ahorrar un minuto.


Es muy importante que se llamen por su nombre propio, que es 'Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión'. Son extraordinarios, y no son 'de la Eucaristía', sino 'de la Sagrada Comunión'. Porque Ministros de la Eucaristía
, son sólo el obispo y el presbítero (los sacerdotes) que pueden confeccionar el sacramento de la Eucaristía; Ministros Ordinarios de la Sagrada Comunión son los obispos, presbíteros y también los diáconos; mientras que los fieles que no recibieron el sacramento del orden, pueden ser Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión, en primer lugar los acólitos instituidos ritualmente, y si es necesario, cualquier fiel laico.

 

Lamentablemente parece que en todo el orbe hay abusos de esta clase respecto de esta materia, en especial en las misas en las que los ministros extraordinarios dan la comunión sin necesidad, pues sólo deben hacerlo en caso de tratarse de congregaciones multitudinarias. Así lo enseña la instrucción Redemptionis Sacramentum, de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos (se resalta lo esencial):

[88.] Los fieles, habitualmente, reciban la Comunión sacramental de la Eucaristía en la misma Misa y en el momento prescrito por el mismo rito de la celebración, esto es, inmediatamente después de la Comunión del sacerdote celebrante.[172] Corresponde al sacerdote celebrante distribuir la Comunión, si es el caso, ayudado por otros sacerdotes o diáconos; y este no debe proseguir la Misa hasta que haya terminado la Comunión de los fieles. Sólo donde la necesidad lo requiera, los ministros extraordinarios pueden ayudar al sacerdote celebrante, según las normas del derecho.[173] 


[151.] Solamente por verdadera necesidad se recurra al auxilio de ministros extraordinarios, en la celebración de la Liturgia. Pero esto, no está previsto para asegurar una plena participación a los laicos, sino que, por su naturaleza, es suplementario y provisional.[252] Además, donde por necesidad se recurra al servicio de los ministros extraordinarios, multiplíquense especiales y fervientes peticiones para que el Señor envíe pronto un sacerdote para el servicio de la comunidad y suscite abundantes vocaciones a las sagradas órdenes.[253]

[152.] Por lo tanto, estos ministerios de mera suplencia no deben ser ocasión de una deformación del mismo ministerio de los sacerdotes, de modo que estos descuiden la celebración de la santa Misa por el pueblo que les ha sido confiado, la personal solicitud hacia los enfermos, el cuidado del bautismo de los niños, la asistencia a los matrimonios, o la celebración de las exequias cristianas, que ante todo conciernen a los sacerdotes, ayudados por los diáconos. Así pues, no suceda que los sacerdotes, en las parroquias, cambien indiferentemente con diáconos o laicos las tareas pastorales, confundiendo de esta manera lo específico de cada uno.

[155.] Además de los ministros ordinarios, está el acólito instituido ritualmente, que por la institución es ministro extraordinario de la sagrada Comunión, incluso fuera de la celebración de la Misa. Todavía, si lo aconsejan razones de verdadera necesidad, conforme a las normas del derecho,[256] el Obispo diocesano puede delegar también otro fiel laico como ministro extraordinario, ya sea para ese momento, ya sea para un tiempo determinado, recibida en la manera debida la bendición. Sin embargo, este acto de designación no tiene necesariamente una forma litúrgica, ni de ningún modo, si tiene lugar, puede asemejarse la sagrada Ordenación. Sólo en casos especiales e imprevistos, el sacerdote que preside la celebración eucarística puede dar un permiso ad actum.[257]

[156.] Este ministerio se entienda conforme a su nombre en sentido estricto, este es ministro extraordinario de la sagrada Comunión, pero no «ministro especial de la sagrada Comunión», ni «ministro extraordinario de la Eucaristía», ni «ministro especial de la Eucaristía»; con estos nombres es ampliado indebida e impropiamente su significado.

[157.] Si habitualmente hay número suficiente de ministros sagrados, también para la distribución de la sagrada Comunión, no se pueden designar ministros extraordinarios de la sagrada Comunión. En tales circunstancias, los que han sido designados para este ministerio, no lo ejerzan. Repruébese la costumbre de aquellos sacerdotes que, a pesar de estar presentes en la celebración, se abstienen de distribuir la comunión, encomendando esta tarea a laicos.[258]

[158.] El ministro extraordinario de la sagrada Comunión podrá administrar la Comunión solamente en ausencia del sacerdote o diácono, cuando el sacerdote está impedido por enfermedad, edad avanzada, o por otra verdadera causa, o cuando es tan grande el número de los fieles que se acercan a la Comunión, que la celebración de la Misa se prolongaría demasiado.[259] Pero esto debe entenderse de forma que una breve prolongación sería una causa absolutamente insuficiente, según la cultura y las costumbres propias del lugar.

 

¡ Ave María puríssima !

 

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"Jesús en Ti confío"

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No tengas vergüenza:

Marcos 9, 38          "Porque quien se avergüence de mí y de mis palabras en esta generación adúltera y pecadora, también el Hijo del hombre se avergonzará de él cuando venga en la gloria de su Padre con los santos ángeles." Ver también Mt 10,33; Lc 12,9; 2 Tm 2, 12

 

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